¿A qué normas básicas se acoge la utilización de drones en España?

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Hace unos días pudimos asistir a un evento impulsado por el ayuntamiento de Sevilla en el que tres expertos en la utilización y logística de estos dispositivos hablaron de primera mano de todo lo que debíamos saber para utilizar los drones de manera segura. Paco Seda, responsable de seguridad aérea en la Policía Nacional, David Guzmán de los servicios aéreos de Policía Local de Sevilla y Sergio Ruiz, operador de Drones Visual Inspection; compartieron su conocimiento sobre este recurso que puede crear imágenes impactantes, pero debe ser usado de manera responsable. Con sus declaraciones y la normativa europea en la mano, te contamos los highlights de esta normativa. Eso sí, el cumplimiento de estas normas recae sobre las empresas operadoras de drones. Será responsabilidad de dicha empresa realizar los trámites necesarios para autorizar el vuelo y asegurar el buen desarrollo del mismo.

Obligaciones generales para todos los operadores de drones
1. Registro como operador en AESA
Todos los operadores de drones —tanto personas físicas como jurídicas— deben registrarse en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) si van a operar fuera de la subcategoría A1 de la categoría “abierta” o si utilizan drones equipados con sensores capaces de captar datos personales. Este registro es gratuito y debe renovarse cuando cambien los datos declarados. Además, según nos indica María Lozano, directora de seguridad operacional de UMILES) todas las aeronaves no tripuladas deben registrarse como operador de UAS salvo que sea conforme con la Directiva 2009/48/CE (“Directiva de juguetes”).
2. Identificación del dron
Cada dron debe llevar una placa identificativa visible y legible, que incluya los datos del operador, el número de registro y, en caso de estar equipado, el número de serie del dron. Esta placa debe ser resistente al fuego y a la intemperie.
3. Seguro de responsabilidad civil
Es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros en caso de accidente. Es importante que el seguro esté en vigor durante cada vuelo, aunque no es obligatorio mantenerlo de forma permanente si no se va a operar durante ciertos periodos. Sin embargo, quedan excepcionadas del cumplimiento de las obligaciones de aseguramiento los drones con marcado de clase C0, C1, C3 y C4.
4. Comunicación al Ministerio del Interior
Para operar en zonas urbanas o espacio aéreo controlado, se debe notificar la operación con antelación al Ministerio del Interior, a través del portal habilitado para ello (Enaire Planifica). Esta comunicación permite la evaluación y coordinación con cuerpos de seguridad y controladores aéreos, según corresponda.
5. Permiso de ocupación de vía pública
Si la operación con drones requiere el uso del espacio público (calles, plazas, etc.), especialmente en eventos, rodajes o espectáculos, será necesario solicitar permiso de ocupación de vía pública al ayuntamiento correspondiente. Este trámite puede requerir documentación adicional, como planos, seguro, descripción de la actividad y coordinación policial.
6. Evaluación de riesgo
«Las operaciones que no se ajusten al marco básico de la categoría “abierta” ni puedan realizarse bajo escenarios estándar dentro de la categoría “específica”, exigirá la presentación de una evaluación de riesgos operacionales para la obtención de una autorización operacional de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea)», nos comenta María Lozano de UMILES.

Zonas y condiciones especiales para volar drones
El uso de drones en espacios públicos, especialmente durante eventos, espectáculos o rodajes, está sujeto a limitaciones y condiciones específicas. Es imprescindible conocer estas restricciones para evitar sanciones y garantizar la seguridad de los asistentes.

Sobrevuelo de personas y espacios sensibles
Está terminantemente prohibido sobrevolar grupos de personas sin haber delimitado y controlado previamente el área de vuelo. Además, existen zonas especialmente protegidas donde está restringido o totalmente prohibido el uso de drones, salvo autorización expresa de la autoridad competente. Estas zonas incluyen:
- Infraestructuras críticas, como aeropuertos, hospitales, centrales eléctricas o estaciones de transporte clave.
- Espacios naturales protegidos, como parques nacionales, reservas naturales o zonas ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves), donde el vuelo de drones puede interferir con la fauna o el equilibrio del entorno.
- Zonas con restricciones temporales de vuelo (NOTAM), que se activan con motivo de eventos de alto nivel, operaciones policiales o visitas institucionales, y que pueden modificar las condiciones de vuelo habituales.
- Entornos urbanos densos, en los que la seguridad y la privacidad se ven especialmente comprometidas y donde es imprescindible contar con autorización específica.

Requisitos para operar en eventos en vía pública
Cuando se va a volar un dron en un evento desarrollado en el espacio público, es obligatorio contar con:
- Una declaración operacional si se vuela en categoría específica bajo escenarios estándar o autorización operacional emitida por AESA si no podemos ajustarnos a los escenarios publicados.
- Coordinación previa con Policía Nacional o Policía Local, en función de la ubicación, para establecer medidas de seguridad y control.
- Permiso de ocupación de vía pública, tramitado ante el ayuntamiento, como se menciona anteriormente.

Vuelos nocturnos
Para volar drones durante la noche, es obligatorio que la aeronave esté equipada con luces visibles e intermitentes, habitualmente de color verde. Estas medidas facilitan la visibilidad del dron tanto para el piloto como para terceros.







