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Qué tienes que saber cuando contratas un servicio de catering

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¿Qué diferencia un catering de un servicio de Glovo, por poner un ejemplo? Parece que nada hay más sencillo que montar un servicio de catering, y tanto particulares como empresas (especialmente restaurantes) lo ofrecen con bastante alegría. Y eso es un problema, no solo de calidad, sino sobre todo de seguridad, lo que en la ‘nueva normalidad’ ha dejado de ser más que una recomendación. Conscientes durante años de este intrusismo nada regulado, las recién creada Asociación de Empresas de Catering (AEC) se ha puesto las pilas para elaborar un código de buenas prácticas y ética profesional que las empresas de catering deben cumplir para que el organizador pueda contratar en condiciones de seguridad (alimentaria, legal, y sanitaria) este elemento siempre importante en un evento.

Así, las empresas asociadas a la AEC han impulsado una autorregulación de las pautas de conducta del sector a través de una homologación interna que aporta un valor diferencial de transparencia, basado en un código ético, con una declaración responsable sobre el alta de los trabajadores y estar al corriente de pago en PRL, seguridad social y agencia tributaria, aportando el certificado del registro sanitario, el seguro de responsabilidad civil, el IAE y la licencia de actividad. Esta gestión garantiza que la empresa asociada cumple con los estándares más exigentes del mercado teniendo siempre como finalidad la excelencia en el servicio y el “sello de calidad de AEC”.

Estas son las garantías que deberías tener en cuenta cuando contratas una empresa de catering:

  • Licencia Municipal de Instalación y Funcionamiento. Las instalaciones industriales donde se elaboran alimentos deberán estar autorizadas y sujetas a las oportunas inspecciones municipales.
  • Autorización sanitaria de funcionamiento e inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos. La autorización debe solicitarse en la Consejería competente y ellos mismo tramitan la inscripción en el Registro (RGSA) que es estatal y que culmina con la obtención del correspondiente y obligatorio Registro Sanitario.
  • Tarjeta de transporte, necesaria si la empresa tiene vehículos para transportar los alimentos, que, además, deben de ir en las condiciones de frío y conservación adecuadas.
  • Certificados de Manipuladores de alimentos, para todas las personas que vayan a trabajar elaborando, envasando o distribuyendo los alimentos. Implementación de acuerdo con la normativa vigente del correspondiente Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Disponer de un PRL es obligatoria por ley y garantía de seguridad.
  • Controles de la empresa y cumplimiento normativo. Una vez iniciada la actividad, hay que aplicar sistemas permanentes de autocontrol para identificar peligros alimentarios, determinar los puntos de control críticos en la elaboración de los alimentos, establecer límites a dichos puntos, medidas correctoras, etc. Además de disponer de comidas testigo para que las autoridades competentes puedan realizar estudios epidemiológicos. Sistema de autocontrol APPCC.
  • Seguro de Responsabilidad Civil para catering, que cubra los diferentes riesgos a los que está expuesto un servicio de catering. Este seguro responderá ante posibles imprevistos y garantiza la protección a clientes y terceros.
  • Además, hay que tener en cuenta que para prestar un servicio de catering en óptimas condiciones es necesario que no se produzca en ningún caso la refrigeración incorrecta de los alimentos, la interrupción de la cadena de frío, la elaboración de los alimentos con demasiada antelación a su consumo, la cocción insuficiente o la contaminación cruzada en los traslados de los alimentos a las diferentes áreas de elaboración.

En resumen, la contratación de una empresa de catering segura con todas las garantías implica que antes de iniciar su actividad, la empresa ha demostrado de forma rigurosa que cuenta con unas instalaciones y con unos sistemas adecuados de tratamiento de alimentos, y que además está sometida a permanentes y estrictos controles oficiales.

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